El sector empresarial, inició actividades dirigidas a lograr condiciones mínimas necesarias, que le faciliten los procesos de producción nacional y la consecuente generación de riquezas diferentes a la producción petrolera y el consecuente valor agregado nacional, en este sentido ha mantenido relación con las autoridades administrativas a quien le ha solicitado la toma de acciones en la prevención de los ilícitos aduaneros y el contrabando.
Estas solicitudes han generado recientemente el denominado plan de operaciones mano de hierro 2023, dirigido por El Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a través del Comando Estratégico Operacional (CEOFANB), quienes inician una lucha para prevenir los Ilícitos Fiscales y el Contrabando, mediante operaciones conjuntas, unificadas e integrales, en acompañamiento a las instituciones del Estado venezolano con competencia y facultades en: Fiscalización, Control, Supervisión, Regulación, Inspección Permanente y Verificación de Legalidad.
En aplicación de este operativo conjunto de las Autoridades Aduaneras/Tributarias (Seniat – Guardia Nacional), han establecidos puntos de control para la revisión y verificación documental y física de la legalidad del ingreso de los bienes, que transiten desde las aduanas a los centros de producción o redistribución y desde estos, a las distribuidoras regionales y/o a los comercios que venden al consumidor final, de manera que propones revisar en detalle el transito de mercancía que circule por el territorio nacional.
En este orden de ideas, debemos señalar que a efectos de estos controles las normas que regulan la materia, Ley Orgánica de Aduanas, Código Orgánico Tributario y Ley de Contrabando mantienen regulaciones que señalan:
- En los casos que de circulación y tenencia de bienes ingresados por importación deberán poseer, los documentos de declaración de aduanas y orden de despacho de los bienes trasladados.(caleta)
- En los casos de envío de casa matriz a Distribuidores es necesario acompañar la mercancía con su factura o nota de envió junto con el legajo de documentos de importación, en el caso de ser mercancía importada.
- En los casos de bienes adquiridos de una Importadora de manera directa o a través de sus Distribuidoras Regionales, como consumidor final, es necesaria la factura fiscal.